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La sociedad civil es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de partir entre sí las ganancias (definición del Código Civil de España). La sociedad civil se opone a la sociedad mercantil. En general se distingue la sociedad civil por ser aquélla que se constituye sin un objeto mercantil, o al menos, no puramente mercantil.
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